ESTO DEBES DE SABER SOBRE EL REPARTO DE UTILIDADES
- Genterprise
- 2 mar 2021
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La llamada Participación de los Trabajadores de las Utilidades (PTU), es el derecho constitucional que tienes como trabajador de participar en las ganancias que obtiene una empresa o patrón, de acuerdo con sus declaraciones fiscales.
El artículo 123, apartado A, de la constitución política de los estados unidos mexicanos, estipula que todas las unidades económicas de producción o distribución de bienes o servicios, y en general, todas las personas físicas o morales que tengan trabajadores a su servicio, están obligadas al reparto de utilidades.

¿Cuándo se pagan?
El pago de la participación de los trabajadores en las utilidades (PTU) debe de pagarse a más tardar el 30 de mayo. Las empresas deben distribuir sus utilidades fiscales entre los trabajadores, siempre que estas se hayan obtenido en el año anterior por su actividad, esto es el caso de los trabajadores que laboraron para una moral.
En el caso de quienes trabajan para una persona física deberán recibir el pago a más tardar el 29 de junio, según la procuraduría federal de la defensa del trabajo.
¿Cómo se calcula?
Las empresas están obligadas a pagar el 10% de sus utilidades a los trabajadores. El monto se divide en dos: la primera mitad será entre los trabajadores, de acuerdo a los días proporcionales, al nivel de ingresos.
El salario que se considera como base para este reparto, es la cantidad que percibes por cuota diaria, la cual se encuentra fijada en tu contrato individual de trabajo.
¿Cuáles trabajadores no tienen este derecho?
La fracción 1 del artículo 127 de la ley federal del trabajo, establece que los directores, administradores, gerentes generales, socios y accionistas no participaran en las utilidades.
Tampoco a trabajadores domésticos; profesionistas, artesanos, técnicos y otros que hayan prestado sus servicios por honorario, sin una relación de trabajo subordinado. Quienes trabajaron menos 60 días ya sea de forma continua o discontinua.
Existen empresas que no pagan utilidades según lo establece la ley federal del trabajo y estas son las empresas que exentas a este pago.
Empresas de nueva creación durante el primer año de operaciones
Compañías dedicadas a crear un producto nuevo, durante los dos primeros años.
Durante el periodo de exploración de empresas recién creados de la industria extractiva
Instituciones de asistencia privada que con bienes de propiedad particular ejecutan actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.
El instituto mexicano del seguro (IMSS) y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistencia o beneficencia.
Empresas que tengan un capital menor al que fije la secretaria de trabajo y previsión social por ramas de la industria.
¿Qué hacer si no recibes utilidades?
En un principio, hay que contactar de manera directa a la empresa y verificar que no haya alguno de los casos de excepción de PTU. Si está legalmente obligada, el empleado puede acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del trabajo, para solicitar asesoría e iniciar una revisión mediante una junta local o federal de conciliación y arbitraje.
Fuente: Dinero en Imagen
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